InicioSociedadDespués de casi 20 años de crianza, la Justicia reconoció legalmente el...

Después de casi 20 años de crianza, la Justicia reconoció legalmente el vínculo entre una joven y su padre

El fuero de Familia de Roca concedió una adopción de integración plena al esposo de la madre de una joven, a quien acompañó desde su infancia y con quien construyó durante años una relación paterno-filial. También autorizó el cambio de apellido solicitado por ella.

Durante casi dos décadas, una joven y el esposo de su madre construyeron en la vida cotidiana una relación de padre e hija. Él estuvo presente durante su crecimiento, la acompañó en su educación, en sus necesidades de salud y en distintos momentos de su vida. Ahora, ese vínculo también tiene reconocimiento jurídico.

El fuero de Familia de Roca concedió la adopción de integración plena de la joven por parte del hombre que participó de su crianza desde que era pequeña y, además, autorizó la modificación del apellido que ella había solicitado.

La decisión judicial se produjo a partir del pedido realizado por ambos, con el objetivo de que una relación familiar construida durante años pudiera tener también reconocimiento legal.

Según surge del caso difundido por el Poder Judicial, la historia familiar comenzó con la separación de los padres biológicos de la joven, cuando ella todavía era pequeña. Su padre biológico se trasladó entonces a otra provincia. Si bien realizó algunos aportes económicos en concepto de alimentos, el contacto cotidiano con su hija se interrumpió.

Con el paso de los años, la joven intentó recuperar ese vínculo. Logró comunicarse nuevamente con su padre biológico y mantuvieron algunos encuentros breves en Roca, aunque posteriormente volvieron a perder el contacto.

Mientras tanto, su vida cotidiana transcurrió junto a su madre y el hombre que se convirtió en su figura paterna. Allí también desarrolló vínculos con sus hermanos y con el resto de la familia.

Una relación construida durante años

Para resolver el pedido, la jueza analizó la historia familiar, los consentimientos incorporados al expediente y una pericia psicológica. El análisis permitió establecer la existencia de una relación paterno-filial sólida, caracterizada por la presencia estable del hombre durante distintas etapas del crecimiento de la joven.

La pericia describió un vínculo de larga duración, marcado por el acompañamiento cotidiano y por el reconocimiento mutuo de ambos como padre e hija.

Durante una audiencia, el hombre manifestó que considera a la joven su hija y que su intención era otorgarle el reconocimiento jurídico a una relación que, en los hechos, ya existía. Ella expresó el mismo sentimiento.

En el expediente también quedó establecido que, durante la tramitación, no fue posible localizar personalmente al padre biológico para notificarlo y este no se presentó en el proceso.

La magistrada aplicó las disposiciones del Código Civil y Comercial que regulan la adopción de integración. La normativa contempla, de manera excepcional, la adopción de una persona mayor de edad cuando se trata del hijo o hija del cónyuge o conviviente y se acredita que fue criada y reconocida como tal durante su minoridad.

Al fundamentar su decisión, la jueza valoró el vínculo construido y destacó el cariño, amor, responsabilidad y dedicación con los que el hombre había acompañado la crianza y educación de la joven.

La resolución también puso el foco en los derechos vinculados con la familia, el nombre y la identidad. En ese sentido, consideró que la identidad de una persona no se encuentra determinada únicamente por los vínculos biológicos, sino también por su historia personal y por las relaciones familiares que construyó a lo largo de su vida.

La joven había solicitado además modificar su apellido. Explicó que desde hacía años se identificaba con el apellido de quien había ejercido el rol paterno en su vida y que quería incorporar también el de su madre.

El pedido tenía una dimensión especialmente concreta: la joven había solicitado a la facultad a la que asiste que aguardara para tramitar su título hasta que estuviera resuelta judicialmente su identidad registral.

Finalmente, la Justicia concedió la adopción de integración plena, autorizó la modificación del apellido y ordenó la inscripción de la nueva situación familiar ante el Registro Civil.

Después de casi 20 años de una historia compartida, la resolución no creó el vínculo que ambos reconocían: le otorgó reconocimiento jurídico a una relación paterno-filial que ya formaba parte de su vida cotidiana.

Adrián Lores
Adrián Loreshttps://diarioconfluencia.com.ar
Adrián Lores es periodista de Diario Confluencia y forma parte del equipo de redacción en la provincia del Neuquén. Desde la Patagonia realiza la cobertura de actualidad regional, política, sociedad, producción, energía y acontecimientos de interés público.