La investigación por presuntas coimas en la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) sumó un giro clave: la Cámara Federal dispuso que el juez Sebastián Casanello realice una verificación técnica exhaustiva sobre los audios atribuidos a Diego Spagnuolo, material que dio origen a la causa y cuyo origen y autenticidad siguen sin estar determinados.
Los camaristas Martín Irurzun y Roberto Boico —con la disidencia de Eduardo Farah— revocaron una resolución del Juzgado Federal Nº 11 que había rechazado los pedidos de nulidad planteados por las defensas de los hermanos Kovalivker y del propio Spagnuolo. Para los jueces, la investigación se inició a partir de una denuncia basada en versiones periodísticas, pero aún no existe certeza sobre cómo se obtuvieron las grabaciones ni si fueron manipuladas, recortadas o generadas parcialmente mediante inteligencia artificial.
En su fallo, la Cámara enfatizó que la falta de claridad sobre el origen del material impide descartar los cuestionamientos de las defensas. También consideró prematuro sostener que la grabación fue obtenida por un particular de manera lícita, ya que en el expediente no hay constancias que respalden esa afirmación. Para los camaristas, esta ausencia de certezas “torna impropio avalar” la decisión que rechazó los planteos y obliga a profundizar la investigación técnica.
La defensa de Spagnuolo —a cargo de Mauricio D’Alessandro y Pablo Parera— sostiene que los audios presentan señales claras de alteración: ausencia de metadatos, fragmentación, microcortes y variaciones acústicas incompatibles con una grabación continua. Incluso se planteó la posibilidad de que parte de la voz atribuida a Spagnuolo haya sido generada artificialmente. Bajo esa premisa, afirmaron que el material sería inapto como prueba y que podría provenir de una interceptación ilegal o manipulada.
Los abogados cuestionaron además que el audio se incorporara al expediente sin una pericia oficial previa, y remarcaron que tanto los dictámenes del Ministerio Público Fiscal como las medidas posteriores se apoyaron directamente en ese material. Por eso reclamaron la nulidad de la resolución y de todos los actos que derivaron de ella, invocando la doctrina del “fruto del árbol envenenado”, y solicitaron el sobreseimiento de su defendido.
Para reforzar la presentación, sumaron un informe del perito Miguel Ángel de la Torre Guijarro, quien afirmó que la grabación fue “editada y modificada múltiples veces”. Según su evaluación, al no contar con la secuencia completa no es posible realizar un examen concluyente sobre su autenticidad. También detectó 18 cortes, así como cambios bruscos de amplitud y frecuencia, elementos que consideró coherentes con un proceso de edición posterior.
Con esta resolución, la causa queda ahora en manos de Casanello, quien deberá determinar —a través de una pericia integral— si los audios son genuinos, editados o directamente fabricados, un punto que será decisivo para el futuro del expediente.
