Una familia cordobesa vivió una pesadilla digna de una película de terror burocrático: velaron y cremaron el cuerpo de un desconocido creyendo que se trataba de su ser querido. El insólito episodio, ocurrido en mayo de 2023 en Córdoba, terminó con una resolución judicial que ahora obliga al Hospital Nacional de Clínicas —dependiente de la Universidad Nacional de Córdoba— y a una funeraria local a pagar una indemnización de más de 10 millones de pesos por los daños ocasionados.
El caso comenzó con la muerte de Feliciano Narciso Mercado, cuyo cuerpo fue trasladado a la morgue del hospital. Desde allí, una empresa funeraria se encargó del retiro para iniciar el sepelio, pero una confusión en la identificación derivó en que la familia recibiera los restos de otro hombre con el mismo apellido: Esteban Mercado. Nadie sospechó del error, ya que el ataúd fue entregado cerrado y sellado. Los empleados justificaron la medida diciendo que era un trámite “para agilizar el servicio”.
Conmovidos, los familiares despidieron al hombre equivocado y lo cremaron en un cementerio de Colonia Tirolesa. Días después, un llamado de la funeraria los obligó a revivir el horror: les informaron que el cuerpo que habían despedido no era el de su familiar. Tuvieron que devolver las cenizas del otro fallecido, reconocer nuevamente el cuerpo de Feliciano y repetir el velorio y la cremación, esta vez con la certeza de lo ocurrido.
Tras el calvario, decidieron demandar tanto a la Universidad Nacional de Córdoba como a la funeraria Juan Caruso por el daño moral y espiritual causado. El juez federal Carlos Ochoa les dio la razón y calificó lo sucedido como “una clara falta de diligencia y un defecto en la prestación del servicio”. En su fallo, subrayó que las instituciones “obligaron a la familia a vivir dos veces el proceso de despedir a un ser querido, en apenas veinte días, afectando gravemente su tranquilidad emocional”.
El empleado de la morgue responsable de la confusión reconoció no haber verificado correctamente el nombre del cuerpo retirado y fue sancionado con 30 días de suspensión. En tanto, el fallo judicial estableció que tanto el hospital como la funeraria deberán responder solidariamente por el error.
La indemnización, que asciende a 10,3 millones de pesos, busca reparar —al menos parcialmente— el dolor de una familia que, por una negligencia administrativa, tuvo que vivir dos veces la muerte del mismo ser querido.
