El Ministerio Público Fiscal ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico avaló la posibilidad de aplicar el mecanismo de reparación integral del perjuicio en la causa que involucra a la Asociación del Fútbol Argentino y a varios de sus directivos por presuntas irregularidades tributarias.
La decisión podría encaminar el expediente hacia una resolución sin consecuencias penales para dirigentes de la entidad, entre ellos Claudio “Chiqui” Tapia y Pablo Toviggino, además de evitar perjuicios para la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). La postura fue fijada por el fiscal general Gabriel Pérez Barberá mediante un memorial presentado ante la Sala A de la Cámara, en el marco de un incidente relacionado con la extinción de la acción penal por reparación integral.
La defensa de Pablo Toviggino había solicitado el cierre de la causa argumentando que las obligaciones tributarias y previsionales investigadas ya habían sido canceladas. A ese planteo luego adhirieron la AFA, Claudio Tapia, Víctor Blanco, Gustavo Lorenzo y Cristian Malaspina. En su dictamen, el fiscal sostuvo que el instituto de reparación integral previsto en el artículo 59 inciso 6 del Código Penal puede aplicarse también a delitos tributarios y de seguridad social como los investigados en este expediente.
Según explicó, la reciente modificación del Régimen Penal Tributario mediante la Ley 27.799 excluyó expresamente ese beneficio para determinados delitos, aunque no para los artículos 4 y 7, que son justamente los que forman parte de esta investigación. “El legislador no incluyó a los delitos investigados en esta causa entre aquellos respecto de los cuales expresamente prohibió la aplicación de la reparación integral del perjuicio”, sostuvo Pérez Barberá en el dictamen.
Sin embargo, el fiscal también aclaró que los pagos realizados hasta el momento “no resultan suficientes” para ser considerados una reparación integral definitiva del daño ocasionado.
En ese sentido, propuso abrir un incidente específico destinado a determinar cuál debería ser el monto total necesario para considerar reparado el perjuicio tributario investigado. Ahora será la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico la encargada de definir si acepta el criterio planteado por el Ministerio Público Fiscal y habilita el cierre definitivo de la causa.
